Derecho de Autor
Resguarda y reconoce dos tipos de derechos, el moral y el patrimonial. El aspecto moral de derecho de autor comprende, entre otros, el derecho al reconocimiento de la paternidad de la obra y el derecho del autor a preservar la integridad de la obra en su puesta en el conocimiento público. Siendo irrenunciables y no cesibles tales aspectos.
Por su parte, el aspecto patrimonial del derecho de autor se halla integrado por todas las cuestiones económicas que surgen de poder disponer de la obra y de cobrar una suma dineraria por su reproducción. Resultando tales facultades, tanto renunciables como cesibles o pactables.
En cunando a Propiedad Intelectual, contamos con una vasta experiencia en este campo, cubriendo todas las instancias legales y administrativas susceptibles de producirse respecto de cualquier tipo de obra, contrato o derecho, tanto en nuestro paÃs como en el exterior.
Entre las actividades más destacadas en este campo podemos mencionar: Registrar y supervisar la inscripción de todo tipo de obras, seudónimos, páginas Web, contratos y otros actos jurÃdicos atinentes al derecho de autor; substanciar la tramitación de recursos de oposición sobre inscripciones; diligenciar oficios judiciales que se libren en las causas de los distintos fueros nacionales y provinciales; asesorar a los clientes acerca de la interpretación de las normas vigentes en materia de derecho de autor.